Autor: Horacio Fernando Giusto
Ciertamente al momento de esgrimir postura respecto a la
legalización del aborto, resulta trascendental definir si el embrión forma
parte del cuerpo femenino. En tal sentido, es contundente y sobreabundante la
evidencia científica que expone el origen de la vida humana en el momento de la
concepción. Sin embargo es prudente analizar algunos argumentos que vayan más
allá de una tesis descriptiva para abordar la naturaleza moral, y eventual
prescripción, que se invoca cuando se debate si dicha vida es parte disponible
por la madre o si es un ente ajeno que debe respetarse por sobre la voluntad de
la gestante.
Las posturas que defiende el espectro ProAborto pueden
ser esquematizadas en tres ejemplos globales y abstractos que expone la
filósofa estadounidense J.J Thomson en “A
defense of abortion” (1971) y ante lo cual, es oportuno esgrimir una
respuesta ante tales postulados. Las decisiones morales varían según se
considere que el tercero (persona por nacer) es parte de la mujer gestante y en
consecuencia disponible por ella; o si por el contrario, se trata de una vida
dentro de la mujer cuya entidad debe ser respetada en su integridad. El fin de
dicho análisis no se centra en la evidencia científica que describe la
existencia de una nueva vida, sino en las nociones morales del por qué se
debería respetar la vida ante ciertas situaciones complejas y delicadas a las
que se puede enfrentar una mujer gestante.
Semillas
de personas: Imagina un mundo en que las personas, en
vez de nacer mediante reproducción sexual, nacieran mediante esporas o
semillas. En este mundo vives tú en tu casita. Sin embargo, como no quieres que
ninguna de estas semillas entre en ella, eche raíces y dé lugar a una persona
contratas a unos técnicos para que protejan las puertas y ventanas de tu casa
mediante muy buenos métodos de sellado. No obstante, tienes muy mala suerte y
esa misma noche una pequeña semilla arrastrada por el viento consigue colarse
en tu casa, burlando los métodos de sellado que habías instalado. A la mañana
siguiente, cuando te levantas, te encuentras con que una semilla-de-persona ya
ha echado raíces en el salón de tu casa. ¿Qué hacer? ¿Tienes la obligación de
cuidar esa persona-en-formación o tienes el derecho de echarla de tu casa?
Respuesta:
Claramente el presente caso remite al embarazo “por accidente”; aquel en el
cual se intentó evitar responsablemente pero igual acaeció. Pareciera lógica
que no deba la pareja tolerar el embarazo siendo que su voluntad manifiesta
(presuntamente) era tomar los recaudos para evitarlo. Se propone analizar las
razones por las cuales debería alguien asumir la responsabilidad por una vida
que no tuvo deseo de engendrar.
Pero el argumento que muestra Thomson posee un error
sustancial que desconsidera arbitrariamente. El caso presenta una casa donde el
dueño la sella herméticamente y por un factor aleatorio e imprevisible la
semilla entra. Es una falsa analogía comparar eso con la actividad sexual en la
cual una persona queda embarazada; durante el acto sexual, según la propia
empresa multinacional prestadora de servicios abortistas (IPPF), “la única manera infalible de no quedar
embarazada es no tener sexo vaginal o realizar cualquier actividad sexual donde
el esperma entre en contacto con la vulva o en la vagina”.
Si una persona decide jugar a la ruleta rusa donde hay
una probabilidad entre seis de morir y en efecto muere, no puede alguien decir
que ha sido injusto su fallecimiento porque existían pocas chances y justo el
azar le jugó en contra. Existiendo una posibilidad mínima (ínfima incluso) de
que un acto sexual genere una nueva vida, por más recaudos que tome la pareja,
no existe razón moral suficiente que permita desligarse de la vida gestada. Las
personas que libre y voluntariamente ingresan a cualquier actividad humana
asumen Ab Initio todo el alea propio
de dicho despliegue, tanto en sus eventuales beneficios como en sus posibles
costos. Al momento de intimar, todo agente racional sabe de la potencialidad y
el riesgo (sin importar su porcentaje) de engendrar un nuevo ser por el cual se
debe responder ya que es fruto de las decisiones voluntarias que asumen las
personas.
El
niño expansivo: Imagina que te encuentras encerrado en una
habitación con un “niño expansivo”, es decir, un niño que crece y crece sin
parar hasta alcanzar el tamaño de un gigante para luego encogerse y encogerse
hasta recuperar –ya para siempre- el tamaño de un niño normal. Pues bien, a
menos que mates al niño expansivo llegará un momento en que te aplastará y
morirás. ¿Qué hacer? ¿Puedes matar al niño expansivo y esperar a que te saquen
de la habitación, o debes permanecer encerrado en la habitación y terminar aplastada
por el niño expansivo?
Respuesta: Este
caso es el presupuesto en el cual el embarazo presenta un riesgo severo para la
salud de la madre donde se debe optar por la vida de uno de los dos. Presenta
un dilema ético en el cual la decisión moral encuentra cierta complejidad por
cuanto hay dos bienes jurídicos de igual valor en juego. Cierto es que según la
propia Organización Mundial de Salud las muertes maternas durante el embarazo
se dan en países subdesarrollados, razón por la que la implementación de técnicas
modernas de medicina licuan la gravedad de este punto ya que es evitable si
simplemente se establecen mejoras sanitarias e incentivos médicos.
Igualmente, el aborto procurado para salvar a la madre
merece también ser tratado desde la lógica moral. En este sentido, ya es falaz
considerar “terapéutico” (curación o alivio a una enfermedad) la muerte de un
ser inocente. Quien plantee un debate en estos términos está obrando con
malicia o ignorancia porque desde el punto de partida ya toma posición en favor
de una vida sin considerar a la otra que posee igual valor. Es cierto que la
tradición jurídica, amparada en fenómenos sociológicos que buscaban la
continuidad de la especie, se volcaron en salvar a la madre en virtud de que
era el mejor panorama posible antes que ambas vidas fenezcan. Ese punto de
vista poseía cierta lógica e incluso la doctrina de evitar un mal mayor ha sido
ampliamente aceptada incluso dentro de los sectores más conservadores. La
respuesta moral ante la disyuntiva “Madre o Hijo” debiera ser “Ambos”. Tal es
así no por utopía, sino por la imposibilidad de jerarquizar. El deber ético del
médico es procurar salvar ambas vidas y, si por infortunio inherente a la
práctica, alguien muere, dicha muerte no es imputable a ningún agente por
cuanto no hubo malicia ni intención deliberada de aniquilar a un tercero.
Existe una diferencia sustancial entre “procurar un aborto para salvar a la
madre” que implica discernimiento, intención y voluntad dirigido al fin de
matar a uno para salvar a otro, que “procurar salvar a ambos y lamentablemente
alguien fallezca en el proceso”. En el segundo supuesto la voluntad del agente
moral se dirige a salvar vidas de igual envergadura pero la fatalidad del
destino hace que una vida no pueda seguir adelante; dicho acontecimiento no
puede ser reprochado cuando no ha sido intención que dicha vida fenezca.
La realidad actual, y la enorme influencia de la
posmodernidad en el Derecho, ha hecho que el aborto terapéutico (mal llamado
así), pase a ser el aborto eugenésico. Es el espectro progresista que bajo
discursos de “libertad” y “dignidad” esconden la pretensión de utilizar el
aborto para eliminar todo ser con alguna anomalía. Lejos de ser una ficción
basta ver los inviernos demográficos que padecen en Europa sumado a la ausencia
de niños con ciertos síndromes en los países del viejo continente. Ceder al
planteo ProAborto en algunas causales habilita al poder político en avanzar
insaciablemente en búsqueda de su completa legalización. Es muy riesgoso para
toda sociedad establecer categorías de personas en base a futuros
indeterminados, donde un niño por nacer aparentemente puede matar a la madre
(siendo que los médicos pueden fallar en sus pronósticos) o que una enfermedad
congénita hará que lleve una vida que no merece ser vivida según terceros.
La historia de la humanidad ha demostrado que las
vicisitudes de las personas las obliga a asumir posturas morales; cuando dichas
nociones establecen jerarquías totalitarias donde el propio poder político del
Estado determina quienes merecen vivir, ciertamente se ingresa a una
encrucijada donde la propia vida es relativizada a su máxima expresión con
todos los demás valores que también caerán en consecuencia.
El
violinista: Imagina que una mañana te despiertas en un
hospital. En la cama contigua yace inconsciente un famoso violinista gravemente
enfermo. Entre vosotros se extienden toda una serie de tubos que conectan
vuestros respectivos órganos vitales. Todo ello es obra de un grupo de
fanáticos de la música que durante la noche te ha raptado a fin de usarte como
máquina de soporte vital. Así te encuentras con la siguiente situación: O bien
decides quedarte conectada al violinista varios meses –tiempo suficiente como
para que recupere su salud- o bien decides desconectarte, provocando su muerte
inmediata. ¿Qué hacer?¿Tienes la obligación de seguir conectado los meses
necesarios para curar al violinista, o tienes el derecho de desconectarte e
irte a tu casa?
Respuesta: Este
caso a considerar plantea un delicado debate en torno al embarazo que es
producto de una violación. Aquí la mujer gestante no ha tenido posibilidad
alguna de prestar su consentimiento para que su cuerpo sea utilizado como una
“máquina vital” en favor de un tercero. Crucial es la valoración de los bienes
jurídicos en juego, donde se sopesa la libertad de la mujer que eventualmente
podría ser vulnerada, con la vida individual e inocente de la persona por nacer,
realidad misma que una vez aniquilada es imposible volver a constituir.
Nadie racional podría desconsiderar la gravedad de un
abuso sexual y sus profundas consecuencias. Sin embargo, todo debate sano
amerita un desprendimiento del sentimiento personalísimo para acercarse lo más
posible a la verdad de los hechos. En este aspecto, cabe considerar los datos
empíricos que aporta David C Reardon en “Aborted
women : silent no more”; allí se establece la alta tasa de improbabilidad
de que una mujer quede embarazada a causa de una violación. Considerando dicha
información, es una falacia lógica de la generalización apresurada (tan
utilizada por el espectro feminista) crear reglas a partir de sucesos
excepcionales y quererlos convertir en una norma de conducta general para toda
la población. Pero el centro de atención no ha de establecerse en torno a las
reglas lógicas de la ciencia jurídica, sino al por qué debería una mujer
tolerar ser la “máquina vital” que plantea Thomson.
Para contrarrestar el caso del violinista hay que
visualizar en primer orden la causa y consecuencia de cada acción. Ciertamente,
si la vida gestada es producto de una violación, se pone a la mujer en el lugar
de aquel que es raptado contra su voluntad para mantener con vida a un tercero.
Las reglas a aplicarse deberían considerar que, si el agente “X” padece un
perjuicio a manos de “Y”, no habría una causalidad adecuada que justifique a
“X” perjudicar a “Z”. En tal sentido, si una mujer es víctima de una violación,
ella ha visto un bien jurídico propio ser menoscabado, pero dicho suceso
trágico no habilitaría a que un tercero inocente vea perecer un bien mayor: la
propia vida. La persona por nacer no es aún un agente capaz de obrar con discernimiento,
intención y libertad; la mujer embarazada por otro lado, es consciente que su
acción libre y voluntaria acaba con la existencia de un tercero inocente e
incapaz de obrar dañosamente. El punto del argumento se centra en que
Integridad Sexual y Vida son dos bienes jurídicos que deben ser juzgados con
independencia el uno del otro. Si una lesión habilita a dañar a un tercero,
dada la infinita cadena causal posible desde la lógica, cada delincuente podría
justificar su acción bajo el ardid de haber padecido previamente un daño
injustificado. Ello es a luz de la razón algo insólito; cada acto ejecutado
voluntariamente es analizado en forma concreta e individual con independencia a
los delitos previos que haya padecido el victimario.
No es un argumento menor que el aborto no hace
desaparecer el terrible suceso que lamentablemente padeció una mujer; dentro de
la comunidad de bienes jurídicos ya hubo una prerrogativa que se perdió
definitivamente (la integridad sexual), pero a ello se le pretende falazmente
sumar otra pérdida mayor (la vida inocente de un tercero). Véase el siguiente
ejemplo: Si uno encuentra a un hombre de 40 años de edad, casado, con hijos,
trabajador honesto y con una gran vocación por el bien común, cuyo padre ha
sido un violador, absolutamente nadie propondría asesinarle por un delito que
no cometió. Si la vida es un continuo que se inicia en la concepción, tal como
enseña la ciencia moderna, no habría razón lógica por la cual estaría mal
asesinar al adulto, hijo de un violador, pero bien aceptado que se extermine a
la misma persona años antes, cuando su vida estaba en el vientre materno. En
tal sentido, abortar es aniquilar una vida ya gestada, y dicha muerte se
estaría justificando en virtud de transferir una pena que le era propia del ascendente.
En un mundo que desde hace milenios comprendió la barbarie que es hacer pagar a
terceros las sanciones por delitos que no cometieron, aparece un auge de
personas que buscan castigar al inocente, y a la postre garantizar impunidad al
culpable.
Resulta a la vez muy curiosa la ambivalencia
argumentativa del espectro abortista por cuanto reduce a la mujer a un estado
de esclavitud al tener que sostener una vida inocente pero, simultáneamente,
proponen que el Estado esclavice a los ciudadanos para que trabajen y sostengan
con los impuestos aquellos centros sanitarios donde se realizarán los abortos.
Este detalle mencionado es simplemente uno más a la gran fila de incoherencias
esgrimidas por quienes bregan por legitimar el filicidio mediante falacias; por
tal razón cada uno que desee un mundo verdaderamente justo tiene que estar
listo para exponer los errores sobre los que se asienta la idea del aborto como
supuesto derecho.

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